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De la propuesta a la paralización: el turbulento camino de la Directiva europea sobre plataformas de trabajo

Francia, Alemania, Grecia y Estonia tumban la propuesta de directiva en el Coreper

En diciembre de 2023, la Presidencia española del Consejo logró alcanzar un acuerdo provisional sobre la Directiva sobre plataformas de trabajo. Sin embargo, a finales de año tuvo que reconocer la falta de mayoría en el Consejo para adoptar esta propuesta. La Presidencia belga se hizo cargo del expediente y trató de llegar a un acuerdo dentro de su mandato, pero su propuesta volvió a ser rechazada en el Coreper el viernes 16 de febrero de 2024.

Con todo, la regulación de las condiciones laborales de los trabajadores de plataformas a escala de la UE sigue siendo de vital importancia. En la actualidad, existe un abuso importante, explotación y ambigüedad en torno a las condiciones laborales de los gig workers (trabajadores por proyectos). La mayoría de las veces, estos trabajadores son clasificados como autónomos, a pesar de la existencia de una relación similar a la que existe entre un empresario y un empleado.

 

La clasificación correcta de los trabajadores autónomos

La mayoría de los 28 millones de trabajadores de plataformas de la UE, incluidos taxistas, trabajadores domésticos y repartidores de comida, son formalmente autónomos. Sin embargo, muchos de ellos están sujetos a las mismas normas y restricciones que los trabajadores por cuenta ajena y, por tanto, deberían gozar de los derechos laborales previstos en la legislación nacional y de la UE.

El acuerdo provisional español proponía que se presumiera legalmente que los trabajadores fueran asalariados si su relación con la plataforma cumplía una serie de condiciones.

El acuerdo provisional belga sugería que la directiva obligue a los países de la UE a establecer una presunción legal refutable de empleo a nivel nacional. Con ello se pretende corregir la dinámica de poder desigual entre la plataforma y los trabajadores, y facilitar la corrección del falso autoempleo. En virtud de este acuerdo, la carga de la prueba se trasladaría a la plataforma. Si una plataforma desea impugnar la presunción de relación laboral, deberá demostrar que la relación contractual no constituye un empleo.

 

Regulación del uso de algoritmos

Un segundo aspecto significativo de la directiva aborda la necesidad de un uso transparente de los algoritmos. Se exige a las plataformas que garanticen la supervisión humana de las decisiones clave que afecten a los trabajadores de las plataformas. Por ejemplo, según las nuevas normas, no se puede despedir a un trabajador en función de una decisión tomada únicamente por un algoritmo o un sistema automatizado de toma de decisiones.

 

El camino por recorrer

Sin embargo, este acuerdo se enfrentó a la oposición de los representantes de Francia, Alemania, Grecia y Estonia, por lo que no alcanzó la mayoría necesaria del 65 % de la población de la UE en el Consejo.

Ludovic Voet, secretario confederal de la Confederación Europea de Sindicatos (CES), insta ahora a la Comisión Europea y a los otros 23 países constructivos a tomar medidas.