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El papel de la regulación laboral y los sistemas de protección social en el cumplimiento de los objetivos del Pilar europeo de derechos sociales

El seminario internacional «El papel de la regulación laboral y los sistemas de protección social en el cumplimiento de los objetivos del Pilar europeo de derechos sociales» se celebró en Cartaxo (Portugal) entre el 2 y el 5 de febrero de 2023. Asistieron cuarenta y nueve representantes de trece organizaciones de trabajadores de Portugal, España, Francia, Bélgica, Italia, Alemania y Lituania. El seminario fue organizado por CFTL (Centro de Formação e Tempos Livres) en cooperación con BASE - Frente Unitária de Trabalhadores (BASE-FUT), con el apoyo del Centro Europeo para los Asuntos de los Trabajadores (EZA), y financiado por la Unión Europea.

El seminario se basó en dos conclusiones fundamentales. El primero es la importancia del trabajo en nuestras sociedades, como fuente fundamental de dignidad y como condición para la reproducción de las propias sociedades. Tras más de un siglo de lucha de los trabajadores, los principios de que el trabajo no es una mercancía y de que el derecho al trabajo es un derecho humano fueron reconocidos y ratificados por los estados europeos en la Declaración de Filadelfia de 1944 y la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948.

El edificio institucional que concreta estos principios descansa sobre un trípode: el derecho laboral, que reconoce y trata de mitigar las desigualdades inherentes a las relaciones laborales; el derecho de los trabajadores a formar sindicatos; y el derecho a la negociación colectiva y el principio del trato más favorable.

La segunda observación es que el Estado social democrático asume como función esencial la promoción del bienestar de todos los ciudadanos y se rige por el principio de la dignidad de la vida humana. Esto constituyó una ruptura de época con un concepto minimalista del Estado –inherente al capitalismo liberal– en el que el papel del Estado se reducía a la defensa de la propiedad y a la seguridad física de las poblaciones. El acceso universal a la seguridad social, una forma de seguro social basada en la mutualización de los riesgos colectivos –desempleo, enfermedad y vejez– es la piedra angular de la realización de este principio.

Las últimas décadas han estado marcadas por la intensificación de las crisis económicas, fruto de la financiarización del capitalismo y de un modelo depredador de las personas y el medio ambiente. Esto se vio agravado por la incapacidad de los estados para responder a los cambios en la división social del trabajo, la transnacionalización y la compleja organización de las empresas y el aumento de los flujos migratorios de trabajadores, consecuencia a su vez del agravamiento de las desigualdades entre el Norte y el Sur y entre el centro y la periferia.

Como resultado, hemos asistido a una degradación de los pilares de la regulación laboral. La pérdida de capacidad de los estados nacionales para organizar su ordenamiento jurídico y la mayor complejidad inherente a la coexistencia de normas europeas y nacionales crean dificultades adicionales para la actuación de las instituciones encargadas de aplicar las normas de Derecho laboral. Por otra parte, el derecho laboral ha quedado relegado en relación con los derechos que protegen la propiedad privada y la inversión. El debilitamiento del principio del trato más favorable, combinado con cambios legislativos que quitan objetivamente poder de negociación a los sindicatos, como la expiración de los convenios colectivos en Portugal o la consagración en la ley de formas de contrato que permiten eludir la representación sindical, ponen en peligro la negociación colectiva.

Al mismo tiempo, los responsables políticos se refugian en las concepciones de estado de excepción y austeridad, centrando el discurso y las medidas políticas en la respuesta a situaciones de emergencia y restringiendo las políticas sociales a objetivos minimalistas de asistencia y enfoque casi exclusivo en situaciones de extrema pobreza. Esto implica simultáneamente el abandono de los objetivos de promoción del bienestar social, la dilución de las formas de solidaridad y el debilitamiento de la confianza de los ciudadanos en la capacidad de los sistemas de seguridad social. 

Por ello, es necesario reforzar los mecanismos de diálogo social a escala nacional y europea y activar los canales de solidaridad y cooperación entre sindicatos y organizaciones de trabajadores en el espacio europeo. También es necesario capacitar a las organizaciones de trabajadores para que examinen el Derecho laboral en su conjunto, incluido el derecho indicativo –como los códigos de conducta y la responsabilidad de las empresas– aprovechando y difundiendo las buenas prácticas allí donde existan. Y, al mismo tiempo, poder utilizar a su favor dispositivos como el derecho de la competencia en la defensa de derechos como la huelga y el establecimiento de servicios mínimos.

En este marco, la participación de los interlocutores sociales en el diseño de las políticas de la UE –tradicionalmente muy débil– puede ser crucial para la búsqueda de un mayor equilibrio en las relaciones laborales. Al mismo tiempo, el establecimiento de objetivos cuantificables –como las tasas de cobertura de la negociación colectiva o las tasas de sindicación– en mecanismos de seguimiento de la aplicación de políticas como el Semestre Europeo puede contribuir a volver a situar en las agendas nacionales la importancia de la regulación de las relaciones laborales y los sistemas de protección social.