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El trabajo transnacional: el impacto sobre la libre circulación de los trabajadores en la UE

Entre el 26 y el 28 de abril de 2017 CNV (Países Bajos), el FCG-GPA-djp (Austria) y la Organización Mundial de Trabajadores (OMT) organizaron un seminario con el título “El trabajo transnacional: el impacto sobre la libre circulación de los trabajadores en la UE”, en cooperación con el Centro Europeo para los Asuntos de los Trabajadores (EZA) y la Unión Europea. El seminario se celebró en Dubrovnik (Croacia) y participaron 52 personas de trece Estados Miembro de la UE y candidatos a Estado Miembro.

La libertad de circulación de trabajadores constituye uno de las cuatro libertades de las que disfrutan los ciudadanos de la UE. Esta libertad incluye los derechos de movimiento y residencia de trabajadores, los derechos de entrada y residencia para los miembros de la familia, y el derecho a trabajar en otro Estado Miembro y ser tratado con una base igual a las de los nacionales de ese Estado Miembro.

Debido a los diferentes derechos laborales y sociales así como a la política salarial, las diferencias en los constes laborales difiere enormemente en los diferentes países. Los problemas de seguridad social, legislación laboral o niveles salariales se regulan de forma diferente en los Estados Miembro. La política del mercado laboral así como el poder de aplicación de los sindicatos varía según el país.

El objetivo de los sindicatos en este contexto es aplicar un pago igualitario en el mismo sitio. Las empresas transnacionales desempeñan un papel importante. Los derechos sociales fundamentales deben tener prioridad sobre las libertades del mercado interno, ya que entendemos que el hombre se encuentra en el centro de nuestras actividades. Estamos convencidos de que un intercambio y una mejor conexión entre los sindicatos de cada país producirá un fortalecimiento de los derechos de los trabajadores en el contexto del trabajo transfronterizo.

Los ponentes de diferentes lados del espectro así como de diversos países presentaron su visión y sus ideas. Estos ponentes fueron:

  1. Mensaje de video – D. Othmar Karas, Miembro del Parlamento Europeo (Austria),
  2. Dª. Prof. Dr. Iris Goldner Lang, Profesora Jean Monnet de Derecho de la Unión Europea, Titular de la Cátedra UNESCO de libre circulación de gente, migración y diálogo intercultural de la Universidad de Zagreb, Facultad de Derecho (Croacia)
  3. Dª. Ariadne Mavronikola, Asesora política en la Federación Sindical – ÖGB (Austria)
  4. D. Filip Van Overmeiren, Abogado e Investigador del Departamento de Criminología, Derecho Penal y Derecho Social, Universidad de Gante (Bélgica)
  5. Dª. Dr. Maria Škof, Letrada y Socia en Grilc Vouk Škof (Eslovenia)
  6. Dª. Hester Houwing, Asesora política del mercado laboral, CNV (Países Bajos)
  7. D. Mads Peter Klindt, Profesor Asociado, PhD, Centro de Investigación del Mercado Laboral (Carma), Departamento de Ciencias Políticas, Universidad de Aalborg (Dinamarca)

El seminario se inició con un mensaje de video de D. Othmar Karas en el que subrayó la importancia del trabajo transfronterizo como uno de los temas que conectan a los países europeos con un mercado laboral común. Dentro de la UE no tenemos ninguna restricción y sin embargo las personas dentro de la UE tienen el derecho y la posibilidad de trabajar u ofrecer sus servicios en otro país de la UE. Esta libertad no debería implicar en cualquier caso una desregulación completa. Se debería contrarrestar el abuso de esta libertad y evitar que la UE considerara un éxito el proyecto de la libertad de circulación.

Dª. Iris Goldner Lang, continuó con su parte sobre el Principio de Subsidiariedad y el Papel de los Parlamentos Nacionales: el Caso de Croacia. Las competencias de la UE y de los Estados Miembro se definen claramente. Según el principio de subsidiariedad en aquellas áreas que no están comprendidas dentro de su competencia exclusiva, la Unión Europea solo podrá actuar y en la medida en que los objetivos de la acción propuesta no puedan ser alcanzados de forma suficiente por los Estados Miembro. El 08/03/2016 la Comisión presentó su propuesta (COM(2016) 128 final) para una revisión de la Directiva sobre el desplazamiento de trabajadores 96/71. 14 cámaras de parlamentos nacionales de 11 estados miembro aportaron opiniones razonadas reivindicando que la propuesta incumplía el principio de subsidiariedad. Los motivos para hacer eso difieren según cada país. Croacia fue uno de los países contra la revisión propuesta. Las dos razones principales fueron:

  1. Se podría haber alcanzado mejor el objetivo a nivel de estados miembro
  2. No se ha detallado suficientemente la justificación en relación con los principios de subsidiariedad y proporcionalidad

De acuerdo con Dª. Goldner-Lang, los argumentos croatas no estaban relacionados con la subsidiariedad, sino más por el miedo de que se perdiera la ventaja competitiva (lo que constituyó un motivo para que otros países no estuvieran de acuerdo con la revisión propuesta).

Dª. Ariadne Mavronikola, habló de la práctica de dumping social en relación con el trabajo transfronterizo. La legislación no previene abusos sino que se usa más bien como modelo de negocios. El 86 % de los desplazamientos se realizaron dentro de la UE-15, a menudo desde países con salarios más bajos a otros más altos, lo que a menudo no favorece a los trabajadores. Según Juncker, se debería poner en práctica el principio de “el mismo pago para el mismo trabajo en el mismo lugar”. La Comisión propone una norma específica: Se si prevé que el desplazamiento dure más de 24 meses, se considera al Estado Miembro como el país en el que se realiza el trabajo de forma habitual. Esto implica certidumbre legal y está en línea con la legislación de la seguridad social. En cualquier caso el desplazamiento medio dura menos de 4 meses. Esto implica que la legislación no cumple con la práctica. La UE se encuentra en la actualidad en un punto de inflexión: ¿Queremos una Europa neoliberal o social?

D. Filip Van Overmeiren estuvo de acuerdo con esta falta de legislación efectiva. Además existe una necesidad de más convergencia sobre el concepto de desplazamiento. Existen numerosas cuestiones que deben ser afrontadas tales como: incertidumbres, problemas interpretativos, falta de información, mala cooperación administrativa, enfrentamiento demasiado tardío del problema principal de aplicación. Estamos ante el comienzo de una nueva era para el desplazamiento de trabajadores: mejor supervisión y cumplimiento. Además las medidas nacionales no siempre cumplen con la legislación europea. El área entre la y la protección social de trabajadores sigue siendo muy sensible. Los interlocutores sociales desempeñan un papel decisivo en este sentido.

Dª. Dra. Maria Škof habló sobre los desafíos específicos relacionados con la Libre Prestación de Servicios entre Austria y Eslovenia. Existe una amplia comunidad de eslovenos que viven en Eslovenia pero que trabajan en Austria. La legislación austriaca no ofrece suficiente a estos trabajadores y a veces incluso obstaculiza actividades (exigiendo una cantidad de documentación excesiva) y acceso al mercado austriaco (especialmente para pequeñas y medianas empresas). La penalización en el caso de las “ofensas” es muy alto, implicando que es muy arriesgada para esas empresas pequeñas. Austria lo está haciendo bajo el estandarte de la protección social y de la prevención del dumping salarial y social al tiempo que implica la protección del mercado nacional y de sus trabajadores.

Dª. Hester Houwing afirmó que el mercado nacional ha creado crecimiento económico y prosperidad aunque también tiene un lado negativo. Hay una serie de puestos de trabajo que están desapareciendo y la competitividad es desigual. La presión sobre las condiciones de trabajo y la seguridad social puede provocar euroescepticismo entre la gente. En los Países Bajos existe falta de registro de trabajadores desplazados (al contrario que en el sistema Limosa en Bélgica). Además debería haber más coordinación de seguridad social a nivel europeo. Se deberían aplicar mecanismos de control y los intercambios transfronterizos de información entre instituciones relevantes con fechas límite para intercambios de información. Todo esto se debería aplicar para garantizar un pago igualitario y la lucha contra el fraude.

El último ponente, D. Mads Peter Klindt, se centró en el caso de Dinamarca. Dinamarca también estaba en contra de la revisión propuesta pero por razones diferentes a la mayoría del resto de países. Para Dinamarca no era una cuestión de competitividad. En Dinamarca existe una sólida tradición para la regulación del mercado laboral a través de la negociación colectiva y no a través de la legislación. Esta tradición forma la columna vertebral de la respuesta danesa a la revisión propuesta de la Directiva en relación con el desplazamiento de trabajadores, ya que la Comisión Europea está operando con un nuevo concepto de pago e indicando que los niveles salariales pueden estar sujetos a la legislación europea. Esto entra en conflicto con las tradiciones y prácticas en el mercado laboral danés, de ahí la respuesta negativa a la revisión propuesta. Esta tradición también está provocando dificultades en el mercado laboral. La combinación de niveles salariales altos, muchas oportunidades de trabajo, una burocracia transparente y el acceso a los beneficios sociales hacen de Dinamarca un destino atractivo para los migrantes laborales dentro de la UE. Sin embargo debido al modelo de mercado laboral (sin salario mínimo, falta de control por las autoridades del mercado laboral) se ha extendido el dumping social.

Se puede observar que todavía hay muchos obstáculos que derribar. En un mercado con tantos países, sistemas y tradiciones en relación con las negociaciones laborales no será fácil llegar a una directiva que se aceptable para todos, aunque por supuesto no todo es mal. Mientras que muy a menudo solo se habla de los abusos del trabajo transfronterizo la realidad muestra que la mayoría de las actividades transfronterizas funcionan muy bien. Está claro que a muchos sectores todavía les queda mucho por hacer para prevenir el abuso de los sistemas.