EZA MAGAZINE
EZA PODCAST

El amianto sigue siendo un peligro para los trabajadores

Estas son las medidas que la UE tiene previsto adoptar contra el problema.

El 78% de los cánceres profesionales reconocidos en los Estados miembros están relacionados con el amianto. Se calcula que actualmente hay entre 4,1 y 7,3 millones de trabajadores expuestos al amianto, el 97% de los cuales trabaja en el sector de la construcción. Esto se debe a un importante problema de legado: Muchos edificios antiguos que probablemente se renovarán, convertirán o demolerán en los próximos años todavía contienen amianto. Además, se sabe que, por término medio, pasan 30 años entre la exposición y los primeros signos de la enfermedad.


La eurodiputada Cindy Franssen (PPE) se ha comprometido a abordar a fondo este problema. Como ponente alternativo, Cindy Franssen puso mucho empeño en la redacción de la resolución del Parlamento Europeo, de fuerte redacción. 
La Comisión Europea publicó su propuesta en respuesta a la resolución, que ahora se está debatiendo en el Comité EMPL. Aquí Cindy defendió la fuerte redacción de la resolución del PE.


El Consejo ya adoptó una directiva en 1983, que ha sufrido varios cambios importantes hasta la última versión codificada en 2009. Se conoce como Directiva 2009/148/CE sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al amianto en el trabajo, o Directiva sobre el amianto para abreviar. Sin embargo, esta directiva debe ser modificada en su totalidad si el Parlamento Europeo quiere alcanzar su objetivo de un futuro sin amianto. Además, desde la última revisión exhaustiva han surgido nuevas pruebas científicas.


La Directiva 2004/37/CE sobre carcinógenos, mutágenos y sustancias tóxicas para la reproducción (CMRD) desempeña un papel importante en esta cuestión. Contiene un requisito para minimizar la exposición en relación con el límite de exposición profesional (OEL) actualmente vinculante de 0,1 fibras/cm³ como media de 8 horas ponderada en el tiempo. 
Sobre la base de los nuevos descubrimientos, que incluyen técnicas de medición, ahora es posible introducir mejoras significativas en este OEL para toda la UE. También es importante destacar que el Comité de Evaluación de Riesgos de la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos ha confirmado que no existe un límite de exposición seguro para el amianto. Este es un argumento más para endurecer la legislación.
En resumen, la Comisión Europea propone las siguientes modificaciones de la Directiva sobre el amianto:

  • Las disposiciones de la Directiva CMRD se aplicarán cuando esto sea más beneficioso para la salud y la seguridad de los trabajadores en el trabajo.
  • Todos los tipos de amianto deberán estar etiquetados.
  • Se introducirá una serie de medidas para reducir la exposición de los trabajadores al mínimo técnicamente posible.
  • Se continuará con el método actual de recuento de fibras por microscopía de contraste de fase, y también se utilizarán nuevos métodos de microscopía electrónica.
  • Se garantizará que ningún trabajador esté expuesto a concentraciones de amianto en el aire superiores a 0,01 fibras por cm³ como media ponderada en el tiempo de 8 horas.
  • Los empresarios deberán obtener información de los propietarios de los locales y de otras fuentes de información, incluidos los registros pertinentes.
  • Los empresarios deberán llevar un registro con los datos de los trabajadores que realicen las actividades, indicando la naturaleza, la duración y la exposición. Los médicos, los organismos de control médico y los trabajadores y/o sus representantes tendrán acceso a este registro. 


La resolución del Parlamento Europeo va más allá. Las sugerencias de las organizaciones de trabajadores reflejan las propuestas de la resolución del Parlamento Europeo. El límite OEL debe ser de 0,001 fibras/cm³. El recuento de fibras debe ser sustituido por métodos de microscopía electrónica más modernos y sensibles. Debería ser obligatorio el cribado de los edificios o deberían llevarse registros nacionales de amianto. También debería haber una propuesta legislativa para el reconocimiento de las enfermedades profesionales con normas mínimas para los procedimientos de reconocimiento y para la compensación de las víctimas.